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Créase el registro de
entidades y directivos sancionadas por esta Dirección. En dicho
registro se consignará la disposición, fecha, tipo de sanción y
persona física o jurídica sancionada.
Las entidades fiscalizadas que prevean la renovación de autoridades
podrán solicitar con 30 días de anticipación al acto eleccionario,
información sobre la existencia de asociados que hayan sido
sancionados a los efectos de considerar la procedencia de
inhabilitar o no a los postulantes o cargos directivos o de
fiscalización.
La Secretaría técnica de esta Dirección será la encargada de
actualizar permanentemente los datos consignados en dicho Registro.
Autorizar a los Departamentos Asociaciones Civiles y Fundaciones de
esta Dirección a que en los casos que consideren pertinentes y
fundados, en forma previa al informe favorable efectúen una
verificación “in situ” de los locales en que las entidades en
formación prevean desarrollar las actividades previstas en su objeto
social o donde funcionen aquellas entidades ya reconocidas
pronunciándose en forma expresa respecto de la aptitud de dichos
locales o instalaciones.
Asimismo se los faculta a exigir la documentación que acredite la
titularidad del dominio o el derecho de uso de los locales
mencionados por parte de la entidad. De la misma manera se podrá
exigir con la debida Fundamentación, la presentación de los
certificados de antecedentes personales expedidos por autoridades
policiales correspondientes a los administradores de las entidades. |
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Pautas de
Procedimientos para Mesa de Entradas y Salidas |
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En la recepción de
correspondencia o documentación, la Mesa de Entradas y Salidas
deberá tener en cuenta lo siguiente: |
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Toda documentación debe
estar dirigida al Director de Personas Jurídicas. |
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Leer el contenido de la
nota dirigida al Director y controlar la presentación de la
documentación que dice acompañar mencionando en el original y la
copia la cantidad de fojas. |
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Debe verificarse si se
ha repuesto el sellado de ley cuando corresponda. Si la
documentación ha sido enviada por correo, debe agregarse el sobre
dejando constancia, cuando no tiene sellado o el mismo se halle
incompleto, de la siguiente nota: “Documentación recibida por
correo. Falta sellado de Ley: $ ........ |
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Debe verificarse si la
documentación y la nota (y, copia de la misma) de presentación se
hallan firmadas por Presidente y Secretario, a excepción de las
sociedades por acciones. En todos los casos se exigirá aclaración de
la firma y la constitución de domicilio. |
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Sí la presentación se
hace por apoderado, debe pedirse se agregue copia autenticada del
poder. |
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Las notas que revisten
urgencia (oficios, judiciales, notas de Subsecretaría o Ministerio,
telegramas, etc.), deben elevarse en el acto a la División Gestión
Administrativa con un sello visible donde se indique el carácter de
URGENTE. El resto de la documentación deberá pasarse a cada una de
las áreas que corresponda entre las 12 y las 13 horas, o en las
primeras horas del día siguiente. |
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Mesa de Entradas y
Salidas estará abierta al público entre las 7 y las 12 horas. Fuera
de ese horario sólo recibirá documentación sí se cuenta con
autorización superior (Director), o si ha sido remitida por otra
Repartición Oficial. |
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