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¿COMO COMPRAR UN INMUEBLE?
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La información ante todo
Lo más importante, antes de comprar, es informarse, e informarse sobre todos los aspectos legales de la operación. En Argentina, nuestro sistema normativo cuenta con un buen número de disposiciones que tienden a erradicar el fraude inmobiliario, estadísticamente inapreciable. Por ello, y por ser su causa directa, la medida preventiva para evitarlo es la información.
Se trata, de informar y educar al consumidor, y todo ello, con claridad y sencillez, prescindiendo, en la medida de lo posible, de la reseña de las concretas disposiciones legales aplicables a cada caso. Los medios con que cuenta el Registro de la Propiedad Inmueble para conseguir este objetivo son plurales, y abarcan desde la publicación de impresos y folletos, la organización de jornadas divulgativas, y la suscripción de convenios con las organizaciones públicas y privadas interesadas en la protección del consumidor, hasta las Oficinas de Información que se encuentran repartidas por todo el territorio nacional (los propios Registros), a cargo de los respectivos registradores.
¿Quién puede informarme?
El escribano y el registrador de la propiedad, el agente inmobiliario, en aras de la ejecución del principio constitucional de seguridad jurídica.
El vendedor
Por simple lógica, puede advertirse que la información sobre la situación del inmueble que queremos comprar nos la brinda el vendedor. No sólo tenemos que ponernos de acuerdo con él en el precio y en la forma de pago (al contado o a plazos), sino también debe manifestarnos la situación física, jurídica, fiscal y personal en relación al inmueble.
Esta información suele y tiene que ser veraz. No obstante, debemos pedirle que nos acredite esos extremos con la consiguiente documentación, antes de cerrar la operación, ya que son datos fundamentales para estudiar la conveniencia de la adquisición, e incluso para la elección del medio de financiarla.
Deber legal de información
Los vendedores habituales de viviendas, (particulares o inmobiliarias) están obligados legalmente a suministrar una serie de datos a los compradores (características y condiciones relativas a la construcción, ubicación, servicios e instalaciones adquisición, utilización y pago), quedando vinculados por su exigibilidad, a través de la publicidad que realizan, aunque no figuren expresamente en el contrato.
Esta obligación, por otro lado, se complementa con la información que el vendedor tiene que poner a disposición del comprador. Ahora bien, como esas disposiciones afectan únicamente a los profesionales de la construcción, promoción y venta de viviendas, conviene tener presente, que, en el caso de adquisición a un particular (segundas ventas), la omisión legal hemos de suplirla con la diligencia debida por parte de los compradores, que deberán solicitar del vendedor los documentos que a continuación se detallan.
Recuerde que las cantidades entregadas a cuenta deben garantizarse, cuando la construcción no está terminada: ya sea con el devengamiento de intereses de la cantidad entregada o aval o seguro.
 
Interventor de la Dirección del Registro de la Propiedad Inmueble
Esc.Francisco Javier OTEO ALBIÑANA 
 

DATOS DE INTERÉS

Dirección: Av. Las Heras Nº 95  - Resistencia - Chaco
C.P. :  H3500AXD
Teléfono: (03722) 423266
 
   
   

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