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Museo
de Ciencias Naturales |
| LEY 3563 –
METEORITOS -
ARTÍCULO 1°: Declárese de utilidad pública, interés social y afectado al uso público, a todo meteorito, aerolito o cualquier cuerpo natural, proveniente del espacio que se encuentren en territorio de la Provincia, con carácter exclusivo, inembargable e imprescriptible. Dispónese la restricción del dominio en razón de la utilidad pública e interés social a las áreas de dispersión y los lugares ocupados por los cráteres o huellas causadas por estos cuerpos celestes, que existieran a la fecha de sanción de la presente ley o que se produjeran en el futuro. ARTÍCULO 6: No se permitirá el traslado provisorio o definitivo fuera de la provincia de meteoritos, aerolitos o cualquier cuerpo natural proveniente del espacio que no esté autorizado |
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CAMPO DEL CIELO (ZONA DE CRATERES Y DE METEORITOS). Ubicada en el Sudoeste chaqueño, para llegar a la zona desde Resistencia (capital
provincial), hay Imagen - Meteorito expuesto en el Museo "Augusto G. Schulz" Desde esta localidad se accede al epicentro de los cráteres, por camino sin pavimentar, en pleno monte chaqueño y recorriendo alrededor de 20 km. El área de dispersión afecta por lo menos a cuatro departamentos provinciales, fenómeno único en el planeta, y corresponden a los impactos producidos por fragmentos de meteoritos de mayor tamaño que, a cierta altura y mientras continuaban su caída, se rompieron con una secuencia de explosiones. La ocurrencia del fenómeno, calculada en el Smithsonian Institution Radiobiology Laboratory, se produjo entre los años 2080 y 19l0 A .C. El meteorito de mayor tamaño, 33.400 kg., es llamado CHACO y se encuentra emplazado in situ. |
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