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Vigilancia Alimentaria
Contacto

La Dirección de Bromatología Provincial, creada por Ley Prov. Nº 4304 opera en Ameghino 680 1º piso, Tel/Fax Nº 03722 – 426481, msp_bromatologia@ecomchaco.com.ar en horarios de 6:30 a 18:30 sito en Resistencia provincia del Chaco.

El Laboratorio de la Dirección de Bromatología es el único Laboratorio Oficial de análisis de alimentos en el ámbito de la Provincia del Chaco. Las misiones y funciones constan en el Decreto Nº 460/8 7 del Poder Ejecutivo Provincial; por Ley Provincial Nº 3214 ; es el organismo de aplicación de la Ley 18.284 – Código Alimentario Argentino y sus reglamentaciones. Habilitado por el Ministerio de Salud Pública y Acción Social de la Nación mediante Resolución Nº 147/Enero de 1985 para la ejecución de los ensayos bajo metodologías oficiales establecidas en el Manual de Metodología Analítica del Código Alimentario Argentino, A.O.A.C., I.C.M.S.F., MERCOSUR, IRAM, FIL, Codex Alimentarius y otras que en adelante se incorporen a la norma legal a través de la Red Nacional de Laboratorio Oficiales de Análisis de Alimentos.

Es organismo de apoyatura técnica a los municipios y al sector industrial a quien se capacita en base a requerimientos preestablecidos por los mismos.

Es Laboratorio de Referencia Regional y sus protocolos analíticos son reconocidos en el ámbito nacional.

Trabaja íntimamente con la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica – A.N.M.A.T. - a través del Instituto Nacional de Alimentos - I.N.A.L. - en vigilancia alimentaria y actualización de normas.

El Laboratorio es parte, de la Red Nacional de Laboratorios Oficiales de Análisis de Alimentos, recientemente conformado cuya misión entre otras es, disponer de un conjunto de laboratorios oficiales integrados y competentes, lograr la equivalencia metodológica entre los distintos laboratorios miembros. Así como también, desarrollar y mantener un sistema integrado de gestión de calidad basado en ISO 17025/2005 para su implementación por cada uno de los laboratorios de la red.

Los servicios prestados a terceros por la Dirección de Bromatología del Ministerio de Salud Pública son arancelados de acuerdo con las disposiciones de la Ley N º 3573 de Arancelamiento.